A) RECLAMACIÓN DE PENSIÓN DE ALIMENTOS
Para poder iniciar un procedimiento de reclamación de pensión de alimentos será necesario contar con Resolución judicial en la que conste la obligación del pago de pensión de alimentos a cargo del futuro demandado.
A día de hoy, existen dos vías para reclamar las cantidades impagadas: la vía civil y la vía penal.
La vía civil se caracteriza por su mayor rapidez respecto de la vía penal, pues se trataría de interponer directamente una demanda de ejecución de sentencia ante el órgano judicial que la dictó.
La vía penal sería otra de las opciones a barajar, pues a día de hoy nuestro código penal tipifica como delito el impago de alimentos siempre que este sea de dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos. Al contrario de lo que sucede en la vía civil, la penal es más lenta y consistiría en la interposición de denuncia.
Se puede acudir a ambas vías simultáneamente ofreciendo la vía civil un mayor número de garantías y una mayor rapidez.
B) MODIFICACIÓN DE MEDIDAS
Tras la finalización de un procedimiento de divorcio en el que se han fijado unas medidas definitivas determinadas, puede suceder que, con el paso del tiempo interese a ambos o a alguno de los cónyuges/progenitores el cambio o la modificación de las mismas. Para que un procedimiento de tal calibre salga adelante, será necesario que se den determinados requisitos, tales como la variación sustancial de las circunstancias tenidas en cuenta al aprobar las medidas que ahora se pretenden modificar. A modo de ejemplo, podremos acudir a un procedimiento de modificación de medidas en aquellos casos en lo que se pretenda cambiar el sistema de guarda y custodia exclusiva en un sistema de guarda y custodia compartida, o si queremos un aumento o reducción en la cuantía de la pensión de alimentos fijada como medida definitiva en la resolución inicial.
C) CONFLICTO DE PATRIA POTESTAD
Nos encontramos ante un conflicto de patria potestad en aquellos casos en los que se requiere de la intervención de un Juez al existir un desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad ejercida conjuntamente por ambos progenitores. Es muy habitual acudir a este tipo de procedimientos en aquellos casos en los que uno de los progenitores no informa al otro sobre temas importantes en relación al hijo que tienen en común tales como: educación o salud.
D) EJECUCIÓN DE SENTENCIAS
El procedimiento de ejecución de Sentencia está pensado para aquellos casos en los que, tras la finalización de un proceso y una vez dictada sentencia, una de las partes no cumple con lo establecido en la misma.
E) NULIDAD DE MATRIMONIO CANÓNICO
Acudimos a un procedimiento de nulidad de matrimonio en aquellos casos en los que la pretensión se centra en indicar que, debido a determinadas causas o circunstancias, el vínculo matrimonial nunca ha surgido y, consecuentemente, tampoco hubo nacimiento de los derechos y deberes conyugales.
Las causas para poder solicitar la nulidad del matrimonio canónico vienen establecidas por el Derecho Canónico: impedimentos, defectos de consentimiento, defectos de forma en la celebración, etc.